Criminalidad Organizada
La criminalidad organizada representa una de las formas más complejas y peligrosas de delincuencia contemporánea. Se caracteriza por la existencia de estructuras jerárquicas o cooperativas estables que actúan con el propósito de cometer delitos graves, obtener beneficios económicos y mantener el control sobre determinadas actividades ilícitas.
En el ámbito penal español, la regulación de la criminalidad organizada se encuentra recogida en el artículo 570 bis y siguientes del Código Penal, que sancionan la creación, dirección, participación o colaboración con organizaciones o grupos criminales.


Abogado penalista en Sevilla especializado en criminalidad organizada
Como abogado penalista en Sevilla, mi función es ofrecer una defensa técnica y estratégica en procedimientos complejos relacionados con la criminalidad organizada, donde las investigaciones suelen ser amplias, prolongadas y con un alto contenido probatorio. Este tipo de causas exigen un conocimiento profundo del derecho penal sustantivo, del procedimiento penal y de la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Concepto y elementos característicos
El artículo 570 bis distingue entre organización criminal y grupo criminal:
Organización criminal: estructura jerárquica o coordinada, estable o permanente, integrada por más de dos personas, con reparto de funciones y finalidad de cometer delitos graves o menos graves.
Grupo criminal: unión ocasional o menos estructurada de personas para cometer delitos, sin la estabilidad o jerarquía propia de una organización.
La diferencia entre ambos conceptos tiene relevancia práctica, ya que las penas varían en función de la entidad del grupo y de la gravedad de los delitos cometidos.


Delitos cometidos por organizaciones criminales
La criminalidad organizada puede manifestarse en múltiples formas:
Tráfico de drogas.
Blanqueo de capitales.
Trata de seres humanos.
Corrupción pública o privada.
Delitos informáticos o financieros.
Falsificación de documentos o moneda.
Tráfico de armas.
En muchos casos, estos delitos se combinan, lo que agrava la situación penal y procesal de los investigados.
Agravantes y penas
Las penas por pertenecer a una organización criminal pueden alcanzar hasta 14 años de prisión para los jefes o dirigentes, y de 4 a 8 años para los miembros o colaboradores, dependiendo de la gravedad de los delitos cometidos. Además, se contemplan penas accesorias como la inhabilitación, el decomiso de bienes y la disolución de las estructuras criminales.
Estrategia de defensa penal
Las causas por criminalidad organizada suelen basarse en complejos informes policiales, escuchas telefónicas y operaciones conjuntas entre cuerpos de seguridad. La defensa debe centrarse en el análisis de la validez de las pruebas, el respeto a los derechos fundamentales, la proporcionalidad de las medidas cautelares (como la prisión preventiva) y la individualización de la responsabilidad penal de cada acusado.
Una defensa eficaz requiere impugnar los elementos que acrediten la existencia real de una estructura organizada, cuestionar las pruebas de pertenencia y demostrar la falta de vinculación con los fines delictivos del grupo.
Conclusión
La criminalidad organizada constituye uno de los retos más serios del derecho penal actual. Afrontar un proceso de este tipo exige experiencia, estrategia y una defensa técnica capaz de manejar procedimientos complejos y pruebas de alta especialización. Contar con un abogado penalista especializado es fundamental para garantizar una representación sólida, proteger los derechos del investigado y asegurar un proceso justo.
Contacto
Rellene el formulario y nos pondremos en contacto con usted.
Teléfono
letradoiglesias@gmail.com
+34 643 812 995
© 2025. All rights reserved.
Horario
Dirección
Asistencia al detenido 24 horas, 365 días. El horario de atención al cliente será de Lunes a Viernes de 9 a 19 horas. Cualquier consulta a través de cita previa.
Calle Puerto de los Alazores 31, CP 41006, Sevilla.
